Claves de la AEPD sobre Proporcionalidad y Control de Acceso
En el actual ecosistema tecnológico, el uso de sistemas biométricos se ha consolidado como una herramienta fundamental para la seguridad. Sin embargo, su implementación no está exenta de retos legales.
Recientemente, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado elevaron una consulta a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para clarificar los límites de estos sistemas en el control de acceso a sus instalaciones.
La respuesta de la Agencia arroja luz sobre un debate crítico: ¿Cuándo es proporcional utilizar nuestra huella o rostro para identificarnos?
Autenticación vs. Identificación: No todo es lo mismo
La AEPD, apoyándose en las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), recuerda que los datos biométricos son una categoría especial de datos (según el Art. 9 del RGPD). No obstante, establece una distinción técnica y jurídica vital entre dos procesos:
- Identificación (1:N): El sistema busca a una persona dentro de una base de datos masiva («¿quién es esta persona?»). Este método conlleva un alto riesgo para los derechos fundamentales y el control social.
- Autenticación (1:1): El sistema simplemente verifica que alguien es quien dice ser, comparando sus datos con una plantilla única ya vinculada a su identidad («¿es esta persona quien dice ser?»).
La importancia de la proporcionalidad
La conclusión de la Agencia es clara: no todos los tratamientos biométricos impactan igual en la privacidad. Mientras que la identificación masiva es altamente intrusiva, una autenticación biométrica localizada y bien diseñada puede ser una medida proporcionada y mucho menos invasiva en contextos de alta seguridad.
Para que un sistema de este tipo sea legalmente viable, la clave reside en la Evaluación de Impacto en la Protección de Datos (EIPD). Este documento no es un mero trámite, sino el instrumento donde el responsable debe demostrar:
- La necesidad real del tratamiento.
- La proporcionalidad de la medida frente a otras menos intrusivas.
- Las medidas de mitigación para reducir los riesgos detectados.
Conclusión para responsables de seguridad
Si tu organización planea implementar controles de acceso biométricos, recuerda que el diseño del sistema debe priorizar la autenticación 1:1 y estar respaldado por una EIPD robusta. La seguridad de las instalaciones no tiene por qué estar reñida con el respeto estricto a la privacidad de las personas.
